Corrección del ensayo de la alumna María Isabel Miranda Torres, alias María Isabel Miranda de Wallace, publicado en El Universal el 27 de abril 2016.
Debido proceso, también para las víctimas del delito
En el articulo (artículo) publicado el día martes 26 de abril (¿cuál artículo?, ¿cual es el título y quién es el autor?) (¿y la coma?) señala (¿quién?) que el debido proceso requiere de reglas estables que todo el mundo conozca anticipadamente para saber como deben de actuar las instituciones y garantizar los derechos de todos: (aquí va un punto seguido de una mayúscula) sin embargo eso no es lo que usted ha promovido en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia (¿porqué este espacio antes del punto?) .Señor Ministro (espacio después del punto por favor) le pregunto si usted cree en la Justicia cuando el articulo 20 Constitucional señala claramente cuáles son los objetivos del proceso penal: proteger al inocente , (no hay espacio antes de la coma) procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen y (-)como consecuencia(-) inhibir el delito.
( ¿a quién te diriges Isabel ? Hay 5 ministros en la SCJN.)
Con la aplicación retroactiva de la jurisprudencia al nuevo modelo acusatorio desde el proceso mixto, las tesis que usted ha emitido (¿cuales?), tienen un efecto catastrófico en los derechos de las víctimas (¿qué es el derecho de las víctimas?) usando como excusa el “debido proceso”. (el debido proceso no es una excusa Isabel, es un principio legal por el cual el Estado debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. Por ejemplo si a tí te arrestan y te encierran por haber inventado el secuestro de tu hijo, se tendra que respetar el debido proceso para refundirte en la cárcel).
En las clases de derecho en el ITAM, que usted imparte, dice a sus alumnos (¿prueba?) que la Constitución dice lo que los ministros quieren, (lo que) se puede interpretar como desprecio al Constituyente Permanente y pasar por alto también (a modificar) el articulo 40 que indica que el poder soberano es del pueblo y lo ejerce mediante los Poderes de la Unión.
Es por esto que contrariamente a lo afirmado en su articulo, usted no ha establecido reglas para el futuro, sino ha aplicado retroactivamente reglas que no estaban en la Constitución. (lea el artículo 20 constitucional por favor)
Los debates a los que hace referencia en su texto sobre el debido proceso , (no hay espacio antes de una coma) como lo que ocurrió en Nuevo León donde liberaron a los miembros de la delincuencia organizada que secuestraron y asesinaron al ciudadano Damián González del Rio de San Pedro Garza García (¿asi se apellidaba? ¿Damián González del Rio de San Pedro Garza García?), se dan por que la carga impuesta a la acusación es exorbitante, ya que el Ministerio Publico (público)¿Cómo podía haber sabido que mucho tiempo después la Suprema Corte prohibiría lo que la legislación local permitía expresamente? (discurso directo mal integrado) Y esto (y el punto antes de la mayúscula?) contrario al texto expreso de la Constitución.. (¿dos puntos?) Los únicos que han pagado por esa reinterpretación retroactiva (¿WTF?) son las víctimas del delito que ahora ven a los secuestradores y homicidas de su familiar en la calle y con posibilidades de ser indemnizados por supuestas violaciones a los derechos humanos. (¿y las comas?)
Ministro Cossío usted (coma después de Cossío) emitió la jurisprudencia que señala que la persona de confianza no podía estar en las diligencias de investigación a pesar de que el texto constitucional hoy vigente sigue permitiendo la asistencia de persona de confianza.(¿y las comas Isabel?) Es evidente que cumple con lo que señala a sus alumnos, la Constitución dice en su jurisprudencia lo que usted quiere que diga. La consecuencia es que han sido anuladas resoluciones judiciales liberando a personas condenadas, sin que se haya demostrado (¿tienes pruebas de eso?) que fueron intimidadas, coaccionadas o torturadas para confesar . (espacio antes de la coma) De nuevo la única afectada ha sido la víctima del delito y la sociedad que vive en peligro y con miedo.
En la jurisprudencia contraria al texto de la Constitución, usted ha puesto una carga exagerada para las victimas (víctimas ¿ya se te olvidó cómo se escribe?) y los fiscales, como cuando usted voto en la jurisprudencia en el caso al que se referiría Nelson Vargas, en la cámara de Gesell estuviera presente el abogado a la hora de hacerse la identificación. Dígame usted señor Ministro. porqué (Punto interrogativo y mayúscula Isabel) ha impuesto esas cargas hacia el pasado y contrario a lo afirmado en su articulo (artículo) publicado en este periódico.
Es evidente, señor ministro (que) como estudioso del derecho, (usted) conoce la jurisprudencia de la Suprema Corte norteamericana y del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (se llama Corte Europea de los Derechos Humanos, CEDH) ya que en esos lugares hay reglas especificas para la aplicación retroactiva de la jurisprudencia y no se da (de) manera generalizado (de manera generalizada Isabel).
Por que (porque) si como dice en su articulo , (espacio antes de la coma…)se trata de mejor (de mejorar Isabel… usted está empeorando) la actuación de los policías y ministerio (ministerios) públicos, usted sabe bien que el pasado no se puede cambiar (¿a poco Isabel?) y que el fin didáctico que la jurisprudencia norteamericana señala a la regla de exclusión probatoria (???), se justifica de esa manera (¿de cual manera Isabel?), porque hay otros bienes (?) como el de la seguridad publica (pública) y los derechos de las víctimas (¿cuales son?) que también el ordenamiento constitucional y de los derechos humanos deben proteger.
Sr Ministro (Sr.), con esto le digo que usted no ha sabido interpretar (es su trabajo Isabel…tú no eres juez de la Suprema Corte, él si) correctamente lo que nuestra Constitución señala en materia de derechos humanos.(¿y qué es lo que señala nuestra Constitución en materia de Derechos Humanos, Isabel?)
El gran reto histórico que ha tenido para adecuar el cambio del modelo procesal acusatorio, manteniendo la obligación de llegar a la verdad y obtener justicia a las victimas (víctimas, Isabel) (y qué significa obtener justicia a las víctimas ? ¿Sera «para» las víctimas?) que, como sabe (¿quién?), tenemos derecho (¿quiénes?) a la Verdad y a la Justicia.(No se entiende tu razonamiento Isabel…)
Por ultimo (último, Isabel) le digo, señor Ministro, (muy bien Isabel, muy bien) usted forma parte del estado al cual critica y comparto su critica, en la incapacidad de proteger a los gobernados, (no se entiende Isabel) si usted creyera en el debido proceso (pues cree en el debido proceso, es ministro de la SCJN) no ignoraría a las víctimas del delito, sus derechos humanos y jurídicos, las cuales (los cuales Isabel) hoy con las malas resoluciones apegadas a tecnicismos les es denegada la justicia (no se entiende nada Isabel : las cuales les es denegada… no se entiende nada). Las víctimas del delito exigimos justicia y debido proceso también para nosotros (el debido proceso es nada más para los inculpados Isabel, no para las víctimas) no únicamente para los inculpados (punto y mayúscula) no aceptamos (¿quiénes?) una justicia “tuerta».
Presidenta de la organización Alto al Secuestro
Calificación : 3/10
Isabel, tienes que leer más y aprender a redactar. Al principio del artículo debes de nombrar la persona a la que te diriges y poner un link para saber de qué artículo estás hablando, el título del artículo y su autor. Debes de ser más precisa.
Tienes que respetar la puntuación también, meter más comas, puntos.
Tus frases no tienen significado. Son del nivel de un alumno de secundaria.
También confundes el femenino y el masculino.
Espero que la próxima vez redactaras mejor o que tus amigos de El Universal se tomaran media hora para corregir tus horrores de ortografía y tu estilo. Este ensayo no debería de haber sido publicado. ¡Qué vergüenza Isabel! Y eso que eres dueña del Saint John’s, del Colegio Aztlán y que eres accionista de la UVM… ¡Qué vergüenza!