Un artículo de Manuel Alejandro Vázquez Flores publicado en SDP Noticias
Fecha: El 16 de diciembre del 2014
Resulta que alrededor de lo que actualmente ocurre en nuestro país entre la tragedia de Ayotzinapa y los actos vandálicos que continúan en Guerrero, así como la pereza, apatía y tibieza que las autoridades federales han mostrado ante tales acontecimientos, recibimos la noticia que tras 19 años de acusaciones y litigio ya no hay delito que perseguir en contra del llamado «hermano incómodo» y en efecto, me refiero a Raúl Salinas de Gortari, y es que ha quedado absuelto del delito de enriquecimiento ilícito sancionado por el código penal federal por medio del artículo 224, el cual establece claramente que deberá castigarse esta conducta a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, incurra en enriquecimiento ilícito, y el tipo penal encuadra cuando el servidor público «no puede acreditar» el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre, o de aquéllos respecto de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siendo esta última la que debió aplicarse también.
Y es que efectivamente, el Tercer Tribunal Unitario Penal del Distrito Federal, que por cierto, además de resolverlo al momento de salir de vacaciones y que también «curiosamente» tiene un mes sin contar con un Magistrado Titular, resolvió la apelación 180/2013 interpuesta en su momento por Jesús Murillo Karam, en su carácter de Procurador General de la República, resultándose que al final del día dicho Tribunal decidió de manera definitiva absolver del delito de enriquecimiento ilícito estimado en 224 millones de pesos a Raúl Salinas de Gortari al considerar dentro de sus argumentos «legaloides» que la PGR «no acreditó» que el incremento de su riqueza de este personaje sea producto de actos de corrupción como funcionario.
Así las cosas, dicha resolución se basó en la presunta insuficiencia de los agravios hechos valer por la PGR para combatir la sentencia absolutoria dictada el 19 de julio de 2013 por el Juez Décimo Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, Carlos López Cruz, y digo presunta porque no tengo ni la causa penal ni el toca de apelación a la mano para poder emitir algún tipo de juicio, ya que únicamente me baso en fuentes que considero fidedignas y de alta credibilidad, así como de la propia lógica para emitir exclusivamente una humilde opinión.
Como antecedente para usted mi querido lector, el enriquecimiento «ilícito» provenía de la partida secreta de la Presidencia de la República, de la que se desviaron 2 mil 218 millones de pesos entre 1990 y 1994 por órdenes del entonces director de Administración de Los Pinos, Ernesto Sentíes, muerto en 1998, y que por tal circunstancia no se pudo acreditar; por lo que en consecuencia, PGR deberá devolver propiedades dentro de las que se encuentra el rancho «El Encanto», ubicado en la delegación Cuajimalpa, en la Ciudad de México, así como cuentas bancarias a Raúl Salinas de Gortari, por la cantidad de 224 millones de pesos.
Ahora únicamente lo que falta es que «pidan disculpas» a Raúl Salinas de Gortari por haber quedado «absuelto» a criterio de los juzgadores, aunque lo que puede ser es que la propia PGR haya dejado inconsistencias, adrede o no, tanto en las indagatorias como en la misma apelación, pero como lo dije e insisto, no pretendo juzgar únicamente con la experiencia que he tenido como jurista es por el que emito mi opinión, lo más objetiva posible, atreviéndome a cuestionar conforme a derecho la actuación no de los juzgadores sino de la propia PGR, que dicho sea de paso aún faltaría la decisión de un Tribunal Colegiado de Circuito en amparo directo con la injerencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para combatir la resolución del Tribunal Unitario que absolvió al llamado «hermano incómodo», aunque en lo personal dudo mucho que suceda.